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GUATEMALA - Es una amenaza que Jimmy Morales elija al Fiscal General, interponen amparo

Quimy De León, Prensa Comunitaria

Viernes 20 de abril de 2018, puesto en línea por Claudia Casal

13 de abril de 2018 - Prensa Comunitaria - Este día el abogado Ramón Cadena puso un recurso de Amparo ante la Corte de Constitucionalidad, contra el Presidente Jimmy Morales y la Comisión de Postulación que deberá elaborar la nómina con el objetivo de nombrar al Fiscal General de la República 2018-2022.

La Comisión de Postulación está siendo impugnada, y a juicio de Ramón Cadena es una “amenaza que el Señor Presidente de la República elija al nuevo Fiscal General de la Nación, de una lista elaborada por la Comisión de Postulación como resultado de un proceso que contiene vicios y viola sus derechos, diseñado para cumplir con formalismos, pero para elegir a candidatos por criterios basados en predilecciones o prejuicios, sin atender a las razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad, honradez y la reconocida honorabilidad, como ordenan los artículos 113 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala. “

Además es una amenaza que la Comisión de Postulación elabore una nómina de candidatos que no tengan reconocida honorabilidad, según lo manda la Constitución. Esta nómina será entregada a Jimmy Morales para que nombre Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público para el período 2018-2022.

En esta situación el amparo es el único medio legal para que se garanticen los derechos fundamentales violados en estas acciones, ya que no son impugnables por la vía ordinaria.

Los terceros interesados en la presente acción de amparo son el Ministerio Público (MP), la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (en adelante CICIG) y el Procurador de los Derechos Humanos.

Alguno de los argumentos planteados por Ramón Cadena es que la Comisión de Postulación no realizó varias cosas:

a) No ha identificado con precisión en el caso de cada aspirante, sus méritos de capacidad, idoneidad y honradez; ni ha ponderado de manera suficiente los méritos éticos, académicos, profesionales y de proyección humana (no verificó los antecedentes de los candidatos).

b)No elaboró adecuadamente la tabla de gradación de los méritos de los aspirantes, pues privilegió los méritos académicos sobre los demás méritos, en especial sobre los méritos profesionales, en detrimento de la de experiencia profesional;

c) No ponderó debidamente los resultados que arrojaron las pruebas psicométricas a que los candidatos se sometieron, sino les confirió a los candidatos y candidatas la máxima puntuación asignada a las pruebas, solo por el hecho de haberlas tomado;

d) Las entrevistas que realizó la Comisión de Postulación fueron insuficientes e inadecuadas para verificar los méritos de los candidatos;

e) La Comisión de Postulación no se pronunció sobre los señalamientos que se presentaron en contra de los candidatos.

El Presidente recibirá una lista de candidatos realizada mediante un proceso viciado, por lo que si se le da trámite a este amparo, el Presidente debe abstenerse de recibir la nómina de aspirantes que le remita la Comisión de Postulación, hasta haberse realizado el procedimiento que observe y garantice el cumplimiento de los méritos constitucionales y se haya pronunciado y comprobado que cada candidato o candidata propuesta goza de reconocida honorabilidad y reúne los méritos de capacidad, idoneidad y honradez.


http://www.prensacomunitaria.org/es-una-amenaza-que-jimmy-morales-elija-al-fiscal-general-interponen-amparo/

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