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Pedro Morales Aché

MÉXICO - Leyes contra ILE buscan que mujeres conserven solo derechos de segunda

Sandra Torres Pastrana

Lunes 20 de abril de 2009, por CIMAC

17 de abril de 2009, México, DF - Cimacnoticias - La derecha mexicana impulsa leyes estatales que dan personalidad jurídica desde la concepción con el fin de que los avances en torno a los derechos de las mujeres tengan un retroceso y que ellas solo preserven derechos de segunda.

Así explica el abogado Pedro Morales Aché, especialista en salud sexual y reproductiva, las modificaciones que han impulsado el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), principalmente, a las constituciones de Baja California, Colima, Durango, Jalisco, Morelos, Puebla y Sonora, para “garantizar la vida desde la concepción” e impedir o condicionar la interrupción legal del embarazo (ILE).

Para Morales Aché, abogado del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), es claro que detrás de la redacción de estas leyes que han sido aprobadas en estos estados está un grupo reestructurado de abogados de la ultra derecha mexicana, pues no son ni los abogados de Provida, ni de la religión, sino gente que conoce a fondo el tema y su aplicación.

Explica Morales que en todas las iniciativas de ley y las leyes ya aprobadas en ese sentido, hay cierta afinidad argumentativa, y tienen que ver con la posición de los ministros conservadores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Pareciera ser que hay ciertas estrategias para dar a entender que las mujeres pueden decidir interrumpir el embarazo o abortar, siempre y cuando se considere que es un delito, lo que deja claro que hay una falta de compromiso por entender que las mujeres pueden decidir interrumpir su embarazo porque así lo quieren”, detalla el experto.

Al respecto, Morales puntualizó que lo que promueven estas reformas es que las mujeres podrían —en forma excepcional— interrumpir sus embarazos o abortar, siempre y cuando se consideré es un delito y que a aquella que así lo decida se le pueda tratar como a un delincuente, a la cual solo se le perdona la pena.

“Esto implica la negación de la existencia de un derecho como el que existe en la Ciudad de México (con la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación), lo que se traduce en la imposibilidad de que las mujeres puedan exigir al Estado la aplicación de sus derechos”, sostuvo.

Todas estas reformas, insistió, pareciera que sostienen “la mujer que quiera abortar que lo haga, pero con sus propios recursos y bajo la amenaza, siempre, de colgarle la etiqueta de delincuente”.

Por ejemplo, dijo, “en Morelos se reformó la Constitución y el Código Penal, donde inclusive se sustituye la penalidad para la mujer a cambio de un tratamiento psicológico. Esto dice mucho, porque se está tratando a la mujer como si fuera una enferma mental”.

Además, agrega el experto, el hecho de que se utilice la frase “protección de la vida desde la concepción”, tiene una evidente e intencional carga emocional y religiosa.

En suma, dice el abogado esta oleada de iniciativas es algo bastante pensado y, evidentemente, el tema va más allá de proteger la vida, que es el contenido, lo que les interesa es hacer anular los derechos de las mujeres o darles a las mujeres un estatus de segunda clase. Eso es lo que hace realmente toda esta serie de cambios: no reconocer la autonomía de las mujeres.

Reforma a la Constitución Federal

— ¿El avance de estas reformas podrían repercutir en la Constitución de la República?

— No, la reforma a la Constitución está regulada en el Artículo 135 de la misma Carta Magna. Se requiere de las dos terceras partes de los integrantes de legislatura federal y mayoría de la legislatura local.
“Es decir, explica, una reforma puede ser llevada a la Constitución Federal aunque no esté en ninguna legislación, pero que esté en todas las legislaciones no significa que automáticamente se traduzca en una reforma a la Constitución”.

Equilibrio y ponderación

Para Morales, estas leyes aprobadas en Baja California, Colima, Durango, Jalisco, Morelos, Puebla y Sonora parecen una acción contra la resolución de la Corte. “El problema es que no es directamente a lo que resolvió la Corte, porque la Corte decidió un caso contrario, la Corte decide una despenalización que favorece a las mujeres”.

“Pero, aquí estamos frente a reformas (impulsadas por la derecha) que pretenden fortalecer el derecho a la vida, esto nos permite analizar y desagregar la discusión de las audiencias de la Corte en muchos elementos y es menester ver qué partes son aplicables”, consideró.

Haciendo un ejercicio muy genérico, explica el abogado, la mayoría de ministros partió —al menos seis que son mayoría— de dos hechos: hay derechos fundamentales de las mujeres que eventualmente pueden ser violados o vulnerados por una legislación prohibitiva del aborto.

Por otro lado, “estos mismos ministros eligen que hay una protección constitucional de la vida en gestación —no necesariamente estamos hablando de que tenga personalidad—y la protección de la vida es un derecho constitucional.

“Entonces la lógica mayoritaria de la Corte sería que ante dos bienes constitucionales reconocidos hay que establecer un equilibrio de balanza o de ponderación, para determinar en qué supuestos prevalecen los derechos de la mujer y en que supuestos se debe de protección de la vida en gestación".

“En este orden de ideas, esas reformas que únicamente protegen la vida en gestación pero no protegen los derechos de las mujeres, serían inconstitucionales, aplicando este espíritu de la sentencia de la Corte”.

Los códigos penales

Para Morales Aché, actualmente todos los códigos penales del país permiten el aborto por las cuatro causales, pero ahí es donde existe la discusión: en los estados donde se reformó su Constitución, los Códigos dicen que hay casuales válidas para el aborto. Eso “es una discusión que la Corte deberá de decidir”, señala.

Y en los estados donde se modificó la Constitución, pero se quedaron las causales del Código Penal como excepciones, lo grave es que queda la idea que es no penalizarla es excepcional, pues solo se le perdona la pena, pero es una delincuente.

Por lo tanto, Morales cree que una de las cosas que se desprende de la sentencia de la Corte es que no es suficiente establecer supuestos en los que la mujer tenga derecho a abortar, sino que es necesario dotarla de los medios que le permitan hacerlo, que es con lo que se cuenta en la Ciudad de México.

No es solo permitir

El problema, dice el abogado, “no es solo permitir sino, en un tema tan delicado, implica que no hay servicios públicos y el derecho queda limitado a los recursos económicos de cada mujer. En esa situación, agrega, necesariamente tendríamos que hablar de la obligatoriedad de los servicios públicos, que también es otro aspecto de la orientación de la reforma que se hizo en el Distrito Federal” para permitir la ILE hasta las doce semanas de gestación.

Sin duda, dice, el movimiento de las organizaciones de la sociedad civil ha sido importante, pero lo complejo de estas reformas dificulta que haya una movilización social, porque mucha gente no ha entendido de lo que se tratan las reformas de la derecha.

— ¿De qué se tratan realmente estas reformas?

— Esta reforma más que proteger la vida desde la concepción: pretende desconocer los derechos de las mujeres para que tengan derechos de segunda categoría. Es una batalla muy importante, porque lo que está en juego es cómo el sistema jurídico mexicano caracteriza a las mujeres. Por eso es necesario que los medios lo difundan, para que haya capacidad de entender qué está pasando y se pueda enfrentar.

Inconstitucionalidad

— ¿Cómo defender los derechos de las mujeres?

— La acción idónea para ir en contra de esta ley es la inconstitucionalidad, pero el atributo de la inconstitucionalidad es restringido y ni el Procurador General de la República, ni el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) han permitido que se den acciones de inconstitucionalidad. Creo que eso es violatorio, es ilegal lo que está haciendo esa Comisión.

“La defensa de los derechos humanos no puede quedar supeditada al ideario personal del titular de la CNDH ni del Procurador.

“La CNDH está interponiendo un gran número de acciones en temas que no tienen ninguna trascendencia para los derechos humanos, pero en un tema que afecta a más de la mitad de la población, el señor dice que como él cree en la vida desde el momento de la concepción, no impugna nada.

“La PGR, a lo largo de este gobierno, ha promovido una cantidad impresionante de acciones de inconstitucionalidad que se ha inventado, pero cuando se trata de hacerlo porque se violentan los derechos de las mujeres, lo ve como normal y no pasa nada.

“Por otro lado, los presidentes de las Comisiones estatales de Derechos Humanos, como por ejemplo el de Morelos, no quiso promover la acción y hasta el momento solo el Presidente de la Comisión del estado de Baja California lo ha hecho. Y a partir de lo que decida la Corte se tendrá el precedente de lo que puede suceder en torno a estas reformas”.

Explica Morales Aché que la vía idónea para contrarrestar estas reformas es la inconstitucionalidad, pero las mujeres no pueden tener acceso a ello de manera directa, “la única alternativa sería el amparo a título individual, con la desventaja de que requiere de abogados y que solo la beneficia en lo individual, a diferencia de la acción de inconstitucionalidad que el efecto es para todas”.

“El paso es hacer que las mujeres hagan valer sus derechos, las mujeres como género tienen la necesidad de que se abra una campaña nacional de defensa de sus derechos y acudir a todas las instancias jurisdiccionales y hacer valer la justicia”, finaliza el abogado.


http://www.cimacnoticias.com/site/09041711-Leyes-contra-ILE-bu.37399.0.html

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